Comunicado |Actualización de las exigencias sanitarias al ingreso a la República del Paraguay (21.12.2020)
LA EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY ANTE LA REPÚBLICA PORTUGUESA informa:
Ingreso a territorio paraguayo:
Actualización de las exigencias sanitarias al ingreso a la República del Paraguay y el cumplimiento del aislamiento o cuarentena: Por disposición del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, a partir del lunes 21 de diciembre de 2020, las exigencias sanitarias y de aislamiento para personas que deseen ingresar a territorio paraguayo son las siguientes:
Exigencias Sanitarias:
- Completar la Ficha de declaración de salud del viajero dentro de las 24 hs. previas al ingreso al país: http://dgvs.mspbs.gov.py/webdgvs/views/paginas/vista_viajeros_nor.html Las compañías aéreas exigirán a los viajeros el código QR de la ficha de declaración de salud del viajero en el momento del check-in o del embarque. El incumplimiento es motivo de negación de embarque.
- Mayores de 10 años cumplidos deberán presentar un test (Técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP/NAAT) con resultado negativo, realizado en un tiempo no superior a 72 hs. antes del ingreso. No se aceptarán pruebas por antígenos o anticuerpos.
- Las personas que hayan presentado la enfermedad COVID-19 desde los 14 y hasta los 90 días previos al ingreso al país, deberán acreditar dicha situación mediante resultados laboratoriales (Técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP/NAAT) y no será necesaria la presentación de un nuevo test negativo.
- Para extranjeros: Además del cumplimiento de los puntos 1, 2 y 3, contar con seguro médico internacional para COVID-19. (Quedan exceptuados hijos extranjeros, de hasta 18 años cumplidos, de padre o madre de nacionalidad paraguaya).
Excepciones para ingreso al País sin test
Cumpliendo los demás requisitos pueden embarcar o ingresar al país sin presentación de test (RT-PCR), pero deberán realizarlo en las primeras 24 horas de su arribo los viajeros:
En los casos que no tengan el test por diferentes motivos, como por ejemplo:
a) Razones humanitarias.
b) Núcleos familiares con un integrante de nacionalidad paraguaya.
c) Diplomáticos acreditados y sus familiares
Aislamiento o cuarentena
- Todas las personas que ingresan al país y presenten un test (Técnicas de detección de ARN: RT-PCR/LAMP/NAAT) con resultado negativo, estarán exonerados de guardar cuarentena, pero de igual modo deberán cumplir con las disposiciones del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (distanciamiento físico, uso de mascarilla y lavado de manos).
- Los viajeros nacionales y residentes extranjeros que ingresaron por la Excepción, o sea, sin presentación del test (RT-PCR), deberán realizar un test en las primeras 24 horas de su arribo y guardarán aislamiento hasta obtener el resultado.
Restricciones Especiales Transitorias para personas procedentes del Reino Unido
- Se restringirá la entrada de extranjeros no residentes en Paraguay que hayan visitado el Reino Unido en las últimas 2 semanas.
- Los nacionales o extranjeros residentes que hayan visitado el Reino Unido en las últimas 2 semanas del ingreso al Paraguay, y cuyo ingreso excepcional este autorizado (MSPBS – CCI CODENA), estarán obligados a guardar cuarentena de 10 días en los hoteles salud o albergues disponibles.
- Las medidas tendrán un carácter transitorio y se aplicará desde el 21 de diciembre hasta el 4 de enero del 2021.
- Las personas procedentes del Reino Unido que hayan ingresado al país durante los últimos 7 días previos a esta directriz, deberán realizar una cuarentena domiciliaria de 7 días desde la fecha.
Para acceder a todas las medidas de cuarentena inteligente establecida por el Gobierno Nacional, y a la Actualización de exigencias sanitarias para ingreso al país (21.12.20), se puede ingresar en este enlace:
https://www.mspbs.gov.py/cuarentena-inteligente.html
Para acceder al listado de Hoteles-Salud: https://www.senatur.gov.py/materiales/archivos/0800_25_10_2020.pdf
Ingreso a territorio portugués desde Paraguay:
Para los paraguayos que no cuenten con residencia permanente en Portugal u otros países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se recuerda que sigue vigente el despacho n.º 11231-A/2020, referente a la prorrogación de medidas, por lo que no está permitido el ingreso a territorio portugués de toda persona nacional de un tercer país, salvo en los casos que son considerados viajes esenciales.
Ver información sobre el despacho y viajes esenciales en el siguiente link:
Atentos saludos.
Lisboa, 21 de diciembre 2020


